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jueves, 19 de abril de 2012

Estratificación y estructura de clases


1.    Introducción
6.    El litigio
8.    Conclusión

Introducción

            Este trabajo es realizado con la finalidad de aumentar los conocimientos acerca de este especial tema tan importante, como lo es la estratificación y estructura de clase.
            Estaremos tratando sobre algunos aspectos importantes de los cuales cabe mencionar, Clases sociales, administración de justicia, conflictos, resolución de conflictos, litigio y pluralismo jurídico.

Estratificación y estructura de clases

            Con estratificación nos referimos a las desigualdades entre los miembros de una misma sociedad. Hablamos de estratos sociales que están unos por encima de otros en status social, Grupos sociales que ocupan posiciones diferenciadas en la sociedad.  La pertenencia a una determinada clase social no es heredada, es adquirida. Nuestra posición social se adquiere. Los sistemas de clase son gracias a esto más fluidos, no son muy rígidos, los límites de clase no están definidos, no están marcados.
Los derechos y deberes de cada clase: es más difícil de analizar ya que los límites no están claramente definidos.  La diferencia entre las clases se basa en las desigualdades en la posesión y control de recursos materiales. Al hablar de clases sociales hablamos de cuestiones materiales (las castas están basadas en las religiones)

Teorías de la estratificación en la sociedad moderna

Marx: su teoría se llama objetivista en relación a que está basada sólo en  cosas materiales.  Lo que diferencia a las clases sociales en su relación con los medios de producción (aquello que sirve para ganarse la vida: materias primas, herramientas...).
Hay dos clases sociales:
1. Propietarios de los medios de producción (industriales, capitalistas...)
2. Desposeídos de los medios de producción (clase obrera, que vende su fuerza de trabajo a cambio de un salario).
Marx: era consciente de que había subdivisiones en las clases (ej.: pequeños comerciantes y grandes capitalistas).
Webber: concepción subjetivista. No cuestiona que las diferencias se basen en posesión de recursos materiales, ve algunos elementos objetivos que también son importantes (posesión medios de información).  Los medios de producción son muy importantes pero también los conocimientos técnicos y las cualidades. Los que poseen conocimientos técnicos hace que las personas tengan una posición de mejores condiciones de trabajo y mejor salario.

Diferencia social y sus efectos sobre la administración de la justicia

            La pobreza está íntimamente relacionada con la estructura socioeconómica de la sociedad y por lo tanto con la distribución del ingreso. Normalmente, esta distribución del ingreso es el elemento clave para el acceso a bienes y servicios. En nuestros países, la situación se agrava por la debilidad de las instituciones estatales, las cuales responden a los intereses de redes personales más que a intereses institucionales. El Derecho expresa las relaciones de poder de una sociedad y por ello puede reforzar la exclusión social de los sectores menos favorecidos en la distribución de riqueza, prestigio y poder. Pero, el hecho de que el aparato judicial puede ayudar a reafirmar la exclusión social no es inmodificable. Esa situación puede cambiar si intencionalmente los decisores promueven el uso del aparato judicial para distribuir bienes sociales.

La perspectiva económica

La falta de acceso a la administración de justicia como factor  constitutivo de pobreza: La falta de acceso a la administración de justicia implica la pérdida de un derecho fundamental para la realización de la persona, en tanto, no le permite al individuo contar con los medios para proteger, adquirir o ejercitar sus derechos.   Carecer de la posibilidad efectiva de acceder a la administración de justicia significa, para las personas que viven en condiciones de pobreza, ver reducidas sus posibilidades de salir de esa situación y, por otro lado, ver crecer las posibilidades de que su pobreza se incremente.  Esta carencia de medios para la defensa de los derechos se traduce en situaciones de indefensión de los individuos que son fuente de impunidad y de violencia.
La pobreza como obstáculo para una defensa eficiente de los derechos: Toda persona goza de un sin número de derechos que le confiere el ordenamiento legal, por ejemplo, derechos fundamentales como la vida o la libertad; pasando por derechos vinculados a la familia como el derecho al matrimonio o a la patria potestad; hasta derechos de orden patrimonial como el derecho a la propiedad, a la herencia y el derecho a contratar.       Esta es la razón por la cual el derecho y la legislación cambian conforme evoluciona la sociedad, en tanto las personas requieren el reconocimiento de nuevos derechos y en cuanto cierto derecho reconocido pierden vigencia debido a que no es posible ejercitarlos porque los presupuestos de su aplicación ya no existen.

El litigio

            Un litigio es una controversia jurídica que surge entre dos o más personas. El término se utiliza habitualmente como sinónimo de juicio, pero su significado es algo más amplio. Su uso está más extendido en controversias jurídicas de carácter civil, mercantil o administrativo, y no tanto en juicios de carácter penal.  En la vida social las personas se relacionan normalmente sobre la base del acuerdo de voluntades, del convenio o del contrato del cumplimiento espontáneo de sus obligaciones.
MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
            Primeramente, es útil para determinar cuándo un conflicto de intereses puede ser considerado un litigio y es susceptible, por tanto, de ser sometido al conocimiento y resolución del juzgador, a través de u proceso. En segundo lugar, este concepto sirve para delimitar la materia, el contenido o el tema sobre el cual va a versar el proceso, pues el litigio es precisamente el objeto del proceso.  Son todos aquellos medios por los cuales se pretende dar solución a intereses contrapuestos.
Clases:
• Negociación: No existe una tercera persona, el conflicto es resuelto por las partes.
• Mediación: Si existe un tercero, el mediador es un facilitador de la resolución de conflictos, ya que el mediador induce a las partes a resolver sus conflictos. No propone, excepto en cuestiones laborales.
• Conciliación: Se hace más fuerte la presencia del tercero. El tercero propone soluciones a los conflictos. Las propuestas conciliatorias sólo tendrán efecto vinculante si las disposiciones son voluntarias.
• Arbitraje: La presencia de un tercero es más grande, ya que se acata lo que el árbitro indica. El árbitro emite, lo que se llama "laudos arbitrales", las cuales son vinculantes para las partes. Tiene carácter de Cosa Juzgada.
TEORÍA GENERAL DEL CONFLICTO
Etimología del conflicto: Viene de la voz latina "conflictos" que deriva del verbo "confluyere" (combatir, luchar, pelear, etc.)
Definición del conflicto: Circunstancia en la cual dos o más personas perciben tener intereses mutuamente incompatibles, ya sea total o parcial contrapuestos y excluyentes, generando un contexto confrontativo de permanente oposición.
Naturaleza del conflicto: Es de naturaleza humana, cuyos puntos en controversia para cada persona son distintos, ya que el ser humano es conflictivo.
Valor positivo del conflicto: El conflicto debe ser visto como un desafío, como un proceso en la cual se alcanza nuevas posiciones para lograr las necesidades y objetivos.
SURGIMIENTO DEL CONFLICTO
            En todos los sistemas sociales, interpersonales e internacionales, surgen conflictos regularmente. El conflicto es un mal constante en el desarrollo de las sociedades. Por lo general, el término conflicto se refiere a situaciones en las cuales la capacidad de la sociedad para resolver los conflictos por medio de mecanismos reguladores, tales como cortes o estructuras sociales (por ejemplo, clanes) ha fallado y las partes involucradas en el mismo recurren a la violencia.   Los Tipos de Comportamiento en un Conflicto son acciones que las partes toman para influenciar al adversario a abandonar o modificar sus objetivos. Las partes adoptan diferentes tipos de comportamiento, de manera consciente o inconsciente. El comportamiento durante un conflicto se puede dividir en las siguientes categorías:
* Contencioso: ocurre cuando una de las partes trata de lograr sus propios objetivos sin tomar en cuenta los intereses de la otra parte y, generalmente, por medio de la rendición de la otra parte. Las tácticas empleadas son de tipo coercitivo y pueden incluir amenazas, la toma de acciones preventivas y la imposición de penalidades o sanciones que se retirarán si la otra parte se rinde.
* Rendición: ocurre cuando una parte se rinde ante la otra parte y suele suceder después de que las expectativas han disminuido. Algunas veces, la rendición es utilizada para ganar tiempo mientras la parte desarrolla una estrategia nueva. Otras veces, la rendición involucra una rendición parcial y algunos de los intereses son satisfechos.
* Retiro o inacción: estas dos estrategias de comportamiento implican la conclusión de un conflicto sin resolver los asuntos más controversiales que lo causaron. El retiro se refiere a una situación permanente. La inacción se refiere a una maniobra temporal, con la intención de ganar tiempo para desarrollar una posición fortalecida.
* Solución de Problemas: esta estrategia consiste en identificar los aspectos que separan a las partes para desarrollar e implementar una solución que sea aceptable para todas las partes primarias del conflicto.

Legitimación del derecho

            Cuando una norma jurídica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la ley. Los requisitos que ha de cumplir una norma jurídica para ser legítima son tres: validez, justicia, y eficacia. Esta legitimidad se subdivide en dos legitimidad formal y material. La formal se entiende como el correcto proceder de los órganos estatales con respecto a todos los procedimientos establecidos en el Ordenamiento Jurídico. La legitimidad material es aquel consenso (reconocimiento) del pueblo creado en aprobación de la ley creada o de la actuación gubernamental.
  • La validez: Se refiere a la manera en que la norma ha sido promulgada: una norma jurídica es válida cuando ha sido emitida por el órgano competente y no ha sido derogada, e inválida cuando ha sido emitida por un órgano no competente o derogada.
  • La justicia: Se refiere al cumplimiento o no de los fines que la sociedad considera como buenos. Una norma es justa si la población considera mayoritariamente que se atiene a los objetivos colectivos de esa misma sociedad, e injusta si ocurre lo contrario, con independencia de si la considera válida o no.
  • La eficacia: Se refiere al seguimiento o acatamiento de la norma. Una norma es eficaz si la población la cumple, con independencia de si la percibe como justa o válida, e ineficaz si es ampliamente desobedecida.
  • Legitimidad en Filosofía: La legitimidad en filosofía se considera respecto al conocimiento como saber; es decir, como conocimiento justificado. No se trata del conocimiento como legítimo en sí, cuya competencia correspondería a cada sujeto de forma individual.
  • La idea de la legitimidad de la ciencia en cuanto tal por su contenido  ha sido prácticamente abandonada por la mayoría de los filósofos actuales, una vez establecida la provisionalidad de las teorías científicas, así como la imposibilidad de un sistema completo de razones justificantes del conocimiento humano.
  • Legitimidad en sentido político: El poder político que es percibido como legítimo será mayoritariamente obedecido, mientras que el percibido como ilegítimo será desobedecido, salvo que se obtenga obediencia por medio de la violencia del Estado.
PLURALISMO JURÍDICO:
            "Pluralismo Jurídico es la coexistencia dentro un Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas positivas en un plano de igualdad, respeto y coordinación. Desde una perspectiva socio jurídica, puede entenderse como derecho cualquier conjunto de normas que regulen la conducta humana, y que sea reconocido por sus destinatarios como vinculante.    

Conclusión

            Este tema es de gran importancia, y por ello, tomaremos un breve tiempo para resumir algunos aspectos relevantes:

  • La estratificación se refiere a las desigualdades entre los miembros de una misma sociedad.
  • La pertenencia a una determinada clase social no es heredada, es adquirida.
  • La diferencia entre las clases se basa en las desigualdades en la posesión y control de recursos materiales.
  • La pobreza está íntimamente relacionada con la estructura socioeconómica de la sociedad y por lo tanto con la distribución del ingreso.
  • El Derecho expresa las relaciones de poder de una sociedad y por ello puede reforzar la exclusión social de los sectores menos favorecidos en la distribución de riqueza, prestigio y poder.
  • La falta de acceso a la administración de justicia implica la pérdida de un derecho fundamental para la realización de la persona,
  • Toda persona goza de un sin número de derechos que le confiere el ordenamiento legal,
  • En la vida social las personas se relacionan normalmente sobre la base del acuerdo de voluntades, del convenio o del contrato del cumplimiento espontáneo de sus obligaciones.
  • En todos los sistemas sociales, interpersonales e internacionales, surgen conflictos regularmente.
  • Los Tipos de Comportamiento en un Conflicto son acciones que las partes toman para influenciar al adversario a abandonar o modificar sus objetivos.

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